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Compraventa, Donación y permuta con el Estado

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Disposición Jurídica Resolución No. 54/14 del Instituto de Planificación Física

Cuando por existir regulaciones urbanas y territoriales que lo impidan, los propietarios de solares yermos no pudieran obtener autorización para utilizarlos en la construcción de su propia vivienda, pueden interesar de la DMPF la permuta por otro de propiedad del Estado, de igual o similares características, si existe. Debe acompañar título que acredite la propiedad del terreno, la Certificación de Dominio y Gravamen del Registro de la Propiedad.

El propietario puede, además, ofrecer en venta al Estado el terreno de su propiedad. La solicitud del trámite se presenta ante el funcionario de Planificación Física (OGTV).

Término: 35 días hábiles, 15 para la DMPF y 20 para la DPPF.

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Comentarios recientes:

  • Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social
    Oscar 25.01.2022 12:50
    Saludos tengo una inconformida con el trabajo de comunales aquí haiti santacrus no están asiendo su trabajo ,desde el año pasado ay centros de escombros que no an recogido un ejemplo es seca de la terminal del mismo poblado en las.antiguas oficinas ...

    Leer más...

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