Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos
Dependencia del Ministerio de Justicia cuya función social es la de inscribir los Partes Testamentarios y Actas de Declaratoria de Herederos que se otorgan en cualquiera de las notarías del país, así como cualquier modificación o anulación de estos instrumentos notariales por Resolución Judicial. Esta inscripción se produce de oficio por parte del Registro, es decir, las personas naturales no deberán hacer ninguna gestión. También certifica la existencia o ausencia de testamentos o declaratoria de herederos.
Para solicitar la Certificación de Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos el interesado debe presentar:
• Certificación de Defunción del causante o el Acta de Declaratoria de Herederos
• 2 sellos del timbre por valor de $5.00.
Las solicitudes de certificaciones a nuestra institución podrán hacerse vía digital a través de nuestro sitio web www.minjus.gob.cu en el menú solicitud o de forma personal en nuestra oficina. Cualquier persona puede realizar la solicitud.
Nota:
• Las certificaciones emitidas tienen validez por 6 meses, período después del cual, si es necesario, deberán solicitarse nuevamente. La explicación radica que cualquiera de los instrumentos notariales puede ser modificado o anulado judicialmente.
• El Acta de Declaratoria de Herederos que contenga en su margen expresión del tomo y folio tendrá validez por el término de un año contado a partir de su fecha de autorización.
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